Publicado el RD L 14/2022 que afecta al autoconsumo y a las modificaciones de instalaciones de transporte y distribución

El 2 de agosto de 2022 se ha publicado el Real Decreto-Ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.

Este Real Decreto Ley introduce cambios en las instalaciones de autoconsumo con entrega de la energía excedentaria y en la modificación de instalaciones de transporte y distribución.

Vamos a analizarlo desde la perspectiva de un promotor:

AUTOCONSUMOS CON COMPENSACIÓN DE EXCEDENTES CAMBIO MODALIDAD DE AUTOCONSUMO

El tiempo de permanencia en una modalidad de autoconsumo será como mínimo de cuatro meses desde la fecha de alta o la modificación del contrato.

Es decir, ya no hay que esperar un año si se desea cambiar de modalidad autoconsumo elegida. Muchos autoconsumos han iniciado su actividad sin vertido de excedentes, por distintos motivos y están esperando cumplir ese hito de un año para cambiar. Ahora no tendrán que esperar tanto. Cuatro meses es suficiente.

 

PLAZO PARA ACTIVAR LA COMPENSACIÓN DE EXCEDENTES

Ahora las distribuidoras tendrá un plazo máximo de 2 meses para activar la compensación simplificada de excedentes. En caso de que no lo hagan la comercializadora podrá aplicarlos incluso sin tener las medidas del contador de la energía excedentaria

MODIFICACIONES DE INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN Y DE TRANSPORTE

Este Real Decreto-Ley modifica el famoso artículo 115 del Real Decreto 1955/2000 que establece los requisitos que han de cumplir las modificaciones propuestas para que requieran nueva autorización y, por lo tanto, tiempo para su tramitación.

La modificación establece los requisitos que debe cumplir la modificación para no requerir Autorización Administrativa Previa – por lo que no requeriría someterse a Información Pública de nuevo, con el consiguiente consumo de tiempo y riesgo a ser alegado – y directamente obtener la Autorización Administrativa de Construcción.

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